Tributos Municipales de diversa índole

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Art. 77.

La municipalidad acordará sus respectivos presupuestos, propondrá sus tributos a la Asamblea Legislativa y fijará las tasas y precios de los servicios municipales. Solo la municipalidad previa ley que la autorice, podrá dictar las exoneraciones de los tributos señalados. ...

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso propio
    Tributario
    Ingreso no permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación