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Temas Urbanos

Constitución de la República de El Salvador de 1983

Tipo de instrumento legal
Constitución
Vigencia
Vigente

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Constitución.

País
El Salvador
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
1983-12-20
Enlace
Constitución de la República de El Salvador de 1983
Artículos
Art. 2
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos.  ...

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PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 2
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. 

PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 119
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Se declara de interés social la construcción de viviendas. El Estado procurará que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda. Fomentará que todo propietario de fincas rústicas proporcione a los trabajadores residentes habitación higiénica y cómod...

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PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 119
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Se declara de interés social la construcción de viviendas. El Estado procurará que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda. Fomentará que todo propietario de fincas rústicas proporcione a los trabajadores residentes habitación higiénica y cómoda, e instalaciones adecuadas a los trabajadores temporales; y al efecto, facilitará al pequeño propietario los medios necesarios. 

PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 203.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Los Municipios serán autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo, y se regirán por un Código Municipal, que sentará los principios generales para su organización, funcionamiento y ejercicio de sus facultades autónomas. Los Municipios estarán obligados a colaborar con...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 203.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Los Municipios serán autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo, y se regirán por un Código Municipal, que sentará los principios generales para su organización, funcionamiento y ejercicio de sus facultades autónomas. Los Municipios estarán obligados a colaborar con otras instituciones públicas en los planes de desarrollo nacional o regional.

PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 204.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

La autonomía del Municipio comprende: 1º- Crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que una ley general establezca. Aprobadas las tasas o contribuciones por el Concejo Municipal se mandará publicar el acue...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 204.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

La autonomía del Municipio comprende: 1º- Crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que una ley general establezca. Aprobadas las tasas o contribuciones por el Concejo Municipal se mandará publicar el acuerdo respectivo en el Diario Oficial, y transcurridos que sean ocho días después de su publicación, será obligatorio su cumplimiento; 2º- Decretar su Presupuesto de Ingresos y Egresos; 3º- Gestionar libremente en las materias de su competencia; 4º- Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de sus dependencias; 5º- Decretar las ordenanzas y reglamentos locales; 6º- Elaborar sus tarifas de impuestos y las reformas a las mismas, para proponerlas como ley a la Asamblea Legislativa.

PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 200.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Para la administración política se divide el territorio de la República en Departamentos cuyo número y límites fijará la ley. En cada uno de ellos habrá un Gobernador propietario y un suplente, nombrados por el Órgano Ejecutivo y cuyas atribuciones determinará la ley.  ...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 200.
Constitución de la República de El Salvador de 1983

Para la administración política se divide el territorio de la República en Departamentos cuyo número y límites fijará la ley. En cada uno de ellos habrá un Gobernador propietario y un suplente, nombrados por el Órgano Ejecutivo y cuyas atribuciones determinará la ley. 

PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 207. 3)
Constitución de la República de El Salvador de 1983

(Inciso 3) Para garantizar el desarrollo y la autonomía económica de los municipios, se creará un fondo para el desarrollo económico y social de los mismos. Una ley establecerá el monto de ese fondo y los mecanismos para su uso.  ...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 207. 3)
Constitución de la República de El Salvador de 1983

(Inciso 3)
Para garantizar el desarrollo y la autonomía económica de los municipios, se creará un fondo para el desarrollo económico y social de los mismos. Una ley establecerá el monto de ese fondo y los mecanismos para su uso. 

PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales

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