Declárese de interés nacional la ejecución de actividades destinadas a facilitar la construcción y promoción del acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda. Para tal efecto, se realizarán las siguientes acciones: 1.1 Promover activadades a fin de conseguir la estandarización de los sistemas constructivos y racionalizar el uso del suelo. 1.2 Coordinar y facilitar el uso racional de los terrenos de dominio privado del Estado, para la ejecución de proyectos habitacionales.1.3 Coordinar con las Municipalidades, según corresponda, para efectos que los terrenos destinados a programas de vivienda que se ejecuten como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, sean incorporados a los planos urbanos o se les asigne la zonificación correspondiente. 1.4 Planificar con los sectores involucrados, la ejecución de obras de accesibilidad y saneamiento, como actividades previas que faciliten la inversión privada. 1.5 Coordinar las acciones necesarias para que se efectúe el saneamiento físico – legal de los inmuebles y de sus accesos, que estén comprendidos en programas habitacionales de vivienda. 1.6 Revisar los procedimientos existentes ante las diversas instancias estatales y municipales, a fin de proponer procedimientos que promuevan la participación del sector privado en la formulación y ejecución de proyectos de vivienda. 1.7 Coordinar y concertar en base a una segmentación de mercado, la participación del Fondo MIVIVIENDA, del Banco de Materiales y de las entidades del Sistema Financiero en el financiamiento de los proyectos de vivienda, en el marco de las atribuciones de cada uno de dichos organismos. 1.8 Proponer normas técnicas y legales para el cumplimiento de sus objetivos. 1.9 Evaluar, a solicitud de sus propietarios, terrenos de propiedad privada, para el desarrollo de proyectos habitacionales, siempre que los mismos se encuentren libres de cargas y gravámenes y que se precisen las características técnico-económicas de los proyectos a ejecutar; estableciendo los requisitos y criterios de evaluación y selección. Asimismo, coordinará con las respectivas Municipalidades para que los terrenos seleccionados sean incorporados a los planos urbanos o se les asigne la zonificación correspondiente.