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Ley 21.078 de 2018 - Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Chile

Tipo de instrumento legal
Ley
Vigencia
Vigente

( ! ) Este contenido está disponible sólo en su idioma original.

Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano.
País
Chile
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
2018-02-15
Enlace
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Artículos
Art. 1.
Ley 21.078 de 2018 - Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Chile

Hecho gravado. Se gravará con impuesto a la renta con una tasa del 10%, la parte del mayor valor obtenido en aquellas enajenaciones a título oneroso de bienes raíces situados en Chile, derechos reales constituidos en ellos, o de cuotas poseídas en comunidad respecto de tales bienes, que...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 1.
Ley 21.078 de 2018 - Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Chile
Hecho gravado. Se gravará con impuesto a la renta con una tasa del 10%, la parte del mayor valor obtenido en aquellas enajenaciones a título oneroso de bienes raíces situados en Chile, derechos reales constituidos en ellos, o de cuotas poseídas en comunidad respecto de tales bienes, que se encuentren en zonas incluidas en un proceso de ampliación del límite urbano.
PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 12.
Ley 21.078 de 2018 - Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Chile

Los recursos que se recauden por aplicación del impuesto establecido en la presente ley se distribuirán de la siguiente forma: a) Un 37,5% se incorporará al patrimonio de la municipalidad correspondiente a la comuna en que se encuentre situado el respectivo bien raíz, para ser aplicado...

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PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales
Art. 12.
Ley 21.078 de 2018 - Ley sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano - Chile
Los recursos que se recauden por aplicación del impuesto establecido en la presente ley se distribuirán de la siguiente forma: a) Un 37,5% se incorporará al patrimonio de la municipalidad correspondiente a la comuna en que se encuentre situado el respectivo bien raíz, para ser aplicado por la autoridad comunal al financiamiento de obras de desarrollo local. Si el bien raíz se encuentra situado en varias comunas, la recaudación se repartirá entre ellas en proporción a la parte de la superficie total que corresponda a cada una. b) Un 62,5% se incorporará al patrimonio del Fondo Común Municipal establecido en el artículo 14 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior. El Servicio de Tesorerías recaudará el referido impuesto y pondrá a disposición de las respectivas municipalidades y del Fondo Común Municipal los recursos correspondientes, dentro del mes subsiguiente al de su recaudación.
PAR eje 4: Economía urbana y finanzas municipales

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