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Temas Urbanos

Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Bolivia

Tipo de instrumento legal
Ley
Vigencia
Vigente

( ! ) Este contenido está disponible sólo en su idioma original.

Ley que tiene por objeto establecer las normas y fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien.

País
Bolivia
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
2011-10-15
Enlace
Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Boliv…
Artículos
Art.10.1,2,3
Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Bolivia

El Estado Plurinacional de Bolivia tiene la obligación de:   1. Crear las condiciones par;a garantizar el sostenimiento del propio Estado en todos sus ambitos territoriales para alcanzar el Vivir Bien, a traves del desarrollo integral del pueblo boliviano de acuerdo a la Ley N° 031 Marc...

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PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.10.1,2,3
Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Bolivia

El Estado Plurinacional de Bolivia tiene la obligación de: 
 1. Crear las condiciones par;a garantizar el sostenimiento del propio Estado en todos sus ambitos territoriales para alcanzar el Vivir Bien, a traves del desarrollo integral del pueblo boliviano de acuerdo a la Ley N° 031 Marco de Autonomias y Descentralizaci6n "Andres Ibanez", la Ley N° 071 de Derechos de la Madre Tierra y la presente Ley. 
 2. Incorporaci6n del desarrollo integral en armonia y equil.ibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien en las politicas, normas, estrategias, planes, programas y proyectos del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autonomas. 
 3. Formular, implementar, realizar el monitoreo y evaluar las politicas, normas, estrategias, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores del Vivir Bien, a traves del desarrollo integral en armonia y equilibrio con la Madre Tierra.

PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.94.I.1
Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Bolivia

I. De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 33, del Parágrafo II, Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel central del Estado tiene las siguientes competencias exclusivas:   1. Diseñar la política nacional de planificación y el Plan Nacional de Ordenamiento...

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PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.94.I.1
Ley 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien - Bolivia

I. De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 33, del Parágrafo II, Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel central del Estado tiene las siguientes competencias exclusivas: 
 1. Diseñar la política nacional de planificación y el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial, estableciendo normas técnicas de cumplimiento obligatorio de acuerdo a los objetivos y metas del Plan General de Desarrollo. Estas políticas deberán establecer las directrices para: la elaboración de planes de ordenamiento territorial y planes de uso del suelo departamentales, municipales y de las autonomías indígena originaria campesinas; y las reglas que faciliten la coordinación entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, así como entre estos últimos.

PAR eje 3: Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado

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