Ley 352-98 - República Dominicana
Tipo de instrumento legal
Ley
Vigencia
Vigente
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Ley sobre Protección de la Persona Envejeciente.
País
Nivel territorial
Fecha de publicación
Artículos
Art. 10
Todo(a) envejeciente tiene derecho a una vivienda digna y adecuada. El Instituto Nacional de la Vivienda, la Administracidn General de Bienes Nacionales, y las demás entidades pdblicas relacionadas con la vivienda, le proveerán mayores facilidades de financiamiento para la obtención de ...
Anexos Art. 21
Es deber de la Secretaria de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, la Secretaria de Estado de Educación y Cultura, Instituto Nacional de la Vivienda, Administración General de Bienes Nacionales, la universidad estatal y las privadas, de los ayuntamientos, de las demás organizacione...