Ley N° 27.692/2002 - Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - Perú
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Ley que norma la creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional.
La APCI es el ente rector de la cooperación técnica internacional y tiene la responsabilidad de conducir, programar, organizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, en función de la política nacional de desarrollo, en el marco de las disposiciones legales que regula...
g) Apoyar a su solicitud, a las entidades del Gobierno Central, Poder Legislativo, Poder Judicial, órganos constitucionalmente autónomos, Gobiernos Regionales y a los Gobiernos Locales en la preparación de los planes, programas y proyectos de Cooperación Técnica Internacional y en la ej...
Entidades distintas al Gobierno Central El Poder Legislativo, el Poder Judicial, los órganos constitucionalmente autónomos, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, canalizan y suscriben directamente sus solicitudes, dando cuenta a la APCI para los fines de Registro y de incorp...