Planes del Ordenamiento Territorial
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Anteproyecto de Ley Nacional de Planificación y Ordenamiento Territorial
Artículo 10.- Definición
Los Planes de Ordenamiento Territorial están configurados por el conjunto de objetivos, estrategias, directrices, metas, programas, actuaciones, normas e instrumentos específicos adoptados para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. Constituyen el instrumento integral para ejercer la función pública indelegable del Ordenamiento Territorial. Su ejecución, programación y sus determinaciones, son competencia de las jurisdicciones provinciales y locales, en orden a lo establecido en su respectiva organización de gobierno.
Artículo 12.- Contenidos mínimos de los Planes de Ordenamiento Territorial
A los efectos de armonizar la consistencia de sus determinaciones, los Planes de Ordenamiento deberán contar con los siguientes contenidos mínimos cuya aplicación progresiva definirán las Provincias:
i. De carácter general, el diagnóstico de las dinámicas territoriales incluyendo el análisis de riesgo, los objetivos, las estrategias y los escenarios estructurales de largo plazo, definiendo áreas críticas.
ii. Clasificación del uso del suelo mínimamente en urbano y/o rural, con zonificaciones y normativas específicas.
iii. Articulación con las políticas ambientales, fiscales, de vivienda y catastrales.
iv. Instrumentos de control, seguimiento y evaluación en función de la agenda del plan y del impacto producido y el esperado.
v. Estrategias integrales de comunicación que establezcan mecanismos de participación ciudadana, difusión de las actividades y modalidades de acceso a la información.
vi. Estrategias de movilidad sustentable que consideren necesidades sociales y variedad de alternativas modales, articulados con las clasificaciones de uso del suelo y con la localización de equipamientos y servicios urbanos.
vii. Documentación gráfica con sistemas de información y monitoreo, georreferenciados, compatibles con la tecnología local.
viii. Instrumentos de protección ambiental, patrimonial y cultural.
ix. Instrumentos correctivos y prospectivos de gestión integral del riesgo.
x. Mecanismos de implementación de la Ley Nacional de Comunidades Indígenas, Nº 26.16016.
xi. Mecanismos de distribución equitativa de costos y beneficios del Ordenamiento Territorial.
xii. Mecanismos de evaluación periódica de la realidad territorial y de actualización de los contenidos
xiii. Publicidad de los actos y contratos administrativos generales y particulares.
xiv. Régimen de sanciones y penalidades por incumplimientos, y determinación de la autoridad de aplicación.