Recursos Externos

Se entiende como recursos propios municipales los ingresos sobre los cuales los municipios tienen autonomía sobre su administración, o al menos para decidir sus tasas, y de los cuales puedan disponer para cumplir con sus competencias o responsabilidades de gasto. Esta autonomía es necesaria para asegurar la responsabilidad política y fiscal por parte de las autoridades subnacionales. En esta sección se encuentran instrumentos de carácter:

Tibutarior: Impuestos locales, contribuciones, tasas de servicios, otros tipos de recargos.

No tributario: Multas, rentas de capital, entre otros.

Recurso externo
Cooperación internacional/ Recursos No reembolsables

Las competencias, relación y poder de los gobiernos autonómicos locales con los fondos de cooperación Internacional se encuentran regulados en la Constitución Política del Estado y en la Ley 031.

Recurso externo
Deuda Pública

En la ley 031 se aparecen las regulaciones generales sobre el endeudamiento interno y externo de las entidades territoriales autónomas, clasificación en la cual se encuentran los GAM.

Recurso externo
Inversión Privada

En Bolivia hasta la fecha no existe reglamentación ni ley a nivel nacional específico sobre Asociaciones Público-Privadas.

Recurso externo
Deuda Pública

Acorde con el Ministerio del Interior Argentino, tanto las Constituciones Provinciales como las Leyes Orgánicas Municipales de todas las provincias autorizan a los gobiernos locales a la toma de empréstitos, teniendo como excepción a la provincia de Tucumán (en donde corre