Ley Forestal N° 1.700/96 - Utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales - Bolivia
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Ley que tiene por objeto normar la utilización sostenible y la protección de los bosques y tierras forestales en beneficio de las generaciones actuales y futuras, armonizando el interés social, económico y ecológico del país.
Se establecen en favor del Estado las siguientes patentes por la utilización de recursos forestales, que no constituyen impuesto, tomando la hectárea como unidad de superficie: 1. La patente de aprovechamiento forestal, que es el derecho que se paga por la utilización de los recursos f...
1. El monto de la patente de aprovechamiento forestal será establecido mediante procedimiento de licitación, sobre la base mínima del equivalente en Bolivianos (Bs.) a un Dólar de los Estados Unidos de América (US$1) por hectárea y anualmente. El valor de la patente de aprovechamiento r...
Las patentes de aprovechamiento forestal y de desmonte, serán distribuidas de la siguiente manera: 2.Las Municipalidades: 25% de la patente de aprovechamiento y 25% de la patente de desmonte, distribuidos de acuerdo a las áreas de aprovechamiento otorgadas en sus respectivas jurisdicci...