Ecuador

Ecuador
Tipo de Estado
Unitario
Tipo de Gobierno
República
Ramas
Legislativo
Judicial
Ejecutivo
Electoral
Transparencia y Control Social
Divisiones administrativas

Nivel Nacional

Gobierno Central

Nivel Intermedio/Regional

Regiones 4

Provincias 24

Nivel Local

Cantones 221

Denominación oficial de gobiernos subnacionales y locales

Gobiernos Autónomos Descentralizados

Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la sec...

Art. 238.

Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos...

Art. 240.

Ciudades

Política Nacional Urbana

  • "La Agenda Hábitat Sostenible 2036 actúa como el marco que establece una visión clara y coordinada para orientar las acciones de implementación de las políticas de desarrollo urbano sostenible en el Ecuador. Es un mecanismo de gobernanza urbana en las ciudades del país y una base para los procesos de planificación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), adaptable a las condiciones y necesidades locales." (Pág. 17)

    Tipo de política nacional urbana:
    Explícita
    Temporalidad de la política:
    Largo
  • Ecuador es un país unitario que cuenta con 4 gobiernos autónomos descentralizados (GAD) a nivel regional, provincial, municipal y parroquial, a los cuales se les reconoce constitucionalmente su autonomía financiera, política y administrativa.

    A partir del año 2008, se realizan una serie de reformas importantes en el país para la descentralización y el funcionamiento de los distintos niveles subnacionales de gobierno. Dentro de estas reformas y por mandato de la nueva Constitución de 2008 se expide el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), el cual regula el funcionamiento de los municipios y demás gobiernos subnacionales y establece sus fuentes de ingresos. Los gobiernos municipales son el principal actor para la aplicación de impuestos locales, contando con una variedad de impuestos que gravan la propiedad y bienes inmuebles y con contribución de mejoras generales y específicas, de las cuales puedes crear, modificar y fijar tasas, por servicios prestados y obras públicas ejecutadas.

    Los municipios también cuentan con un sistema de transferencias, el cual representa la principal fuente de ingreso para el grueso de municipalidades, compuesto por transferencias provenientes de: i) ingresos permanentes y no permanentes, ii) para financiar nuevas competencias y iii) compensar explotación de recursos naturales no renovables. Adicionalmente, cuentan con acceso a ingresos externos: como la cooperación descentralizada reconocida constitucionalmente para financiar funciones, endeudamiento público y contratos publico privados e inversión extranjera.

  • En Ecuador, el sistema legal conformado por la Constitución de la República (2008) establece un sistema donde se comparten las responsabilidades del Estado ecuatoriano, lo que incluye acciones relacionadas con el ordenamiento territorial, el cual se hace obligatorio, y se redistribuyen las actividades entre las diferentes entidades políticas administrativas del país. Estas entidades políticas se dividen en: el gobierno central, las regiones, las provincias, los cantones y parroquias.

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