Ley N° 106/73 - Norma el Régimen Municipal - Panamá
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Ley que norma el Régimen Municipal.
Los Consejos Municipales tendrán competencia exclusiva, para el cumplimiento de las siguientes funciones: 1° - Formular, con la colaboración y asesoría del Ministerio de Planificación y Política Económica, la política de desarrol...
Los Consejos Municipales tendrán además las siguientes funciones: 1o - Defender y fomentar la riqueza forestal y establecer por sí o en cooperación con el Gobierno Nacional, granjas o campos de experimentación agrícola; 2- Fomentar las pequeñas industrias; 3- Colaborar en el fome...
Los Consejos Municipales podrán establecer y regular cualquier servicio público que no haya sido confiado por la Constitución y la Ley a otras entidades públicas o a las instituciones autónomas o semiautónomas. ...
Los Municipios fijarán y cobrarán derechos y tasas sobre la prestación de los servicios siguientes: lº - Tasas de administración por los documentos que expidan las autoridades municipales a instancias de parte; 2º -Concesión de placas y otros distintivos análogos que impongan o autori...
Son derechos y tasas por aprovechamientos especiales los siguientes: 1º - Las concesiones o licencias para establecer balnearios u otros aprovechamientos de aguas en el Municipio, que no consistan tan sólo en su uso común; 2º - Concesiones para construir en terrenos municipales sistem...
Los municipios pueden establecer sanciones aplicables a los defraudadores, morosos o remisos en el pago de sus rentas, impuestos, tasas y contribuciones. Los Tesoreros y Jueces Ejecutores donde éstos últimos existan quedan investidos de jurisdicción coactivo para efecto del cobro de esa...
Todos los bienes municipales que no sean necesarios para un uso o servicio público, podrán venderse o arrendarse por medio de licitación pública, siguiendo las normas que para los bienes nacionales tienen establecidos el Código Fiscal y leyes que lo reforman. Se exceptúan los terr...
Los Municipios podrán contratar empréstitos previa autorización del Organo Ejecutivo, en los casos siguientes: 1- Para crear empresas municipales o mixtas para la explotación de bienes o servicios; 2 - Para construir obras públicas y de mejoramiento y servicio social y adquisicio...
Para que los Municipios puedan contratar empréstitos se necesita: 1- Que sus rentas no le permitan costear el gasto en que se va a emplear dicho empréstito; y 2- Que el Ministerio de Planificación y Política Económica emita un concepto favorable en relación con la inversión que...
Con el fin de facilitar el cumplimiento en el pago de intereses y amortizaciones del servicio de la deuda municipal, facúltase a los municipios, previo el asesoramiento del Ministerio de Planificación y Política Económica y la garantía del Gobierno Nacional, para la expedición de ...