Los propósitos de la presente Ley son los siguientes:
1. Adoptar el Plan Regional para el Desarrollo de la Región interoceánica y el Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal como instrumentos de ordenamiento territorial de la región interoceánica, para que sirvan como marco normativo a la incorporación de los bienes revertidos al desarrollo nacional, de acuerdo con la Ley 5 de 1993, modificada por la Ley 7 de 1995. Igualmente, servirán de marco normativo para las zonificaciones y usos del suelo en la región interoceánica que realicen los entes gubernamentales y los particulares.
2. Autorizar la ejecución del Plan Regional y del Plan General para que contribuyan a lograr la incorporación de las áreas y bienes revertidos al desarrollo de la sociedad y la economía del país, de manera que los beneficios que se deriven del aprovechamiento de la región interoceánica se destinen al mejoramiento de la calidad de vida de los panameños, de acuerdo con los principios de eficiencia, equidad y justicia social.
3. Considerar a la persona humana como el centro y objetivo del desarrollo social y económico de la región interoceánica, tomando en cuenta los intereses de los habitantes de dicha región, en adopción del Plan Regional y del Plan General.
4. Fomentar el uso de las áreas y bienes revertidos para la creación de riquezas, mediante el incremento de actividades productivas de explotación, de bienes y servicios, creación de empleos y aprovechamiento de la materia prima nacional.
5. Promover el desarrollo del sector marítimo, comprendido, dentro de este sector, la infraestructura canalera y portuaria, así como las áreas que sirven directamente al transporte y al comercio internacionales, con el objeto de aprovechar mejor la estratégica posición geográfica del país.
6. Contribuir a asegurar el funcionamiento eficiente y competitivo, la protección adecuada y la ampliación oportuna del canal de Panamá.
7. Impulsar el desarrollo integral del área del canal, así como su cuenca hidrográfica, para lograr, mediante la ejecución del Plan Regional y del Plan General, el fomento del crecimiento ordenado, y coherente de sus áreas, tanto rurales como urbanas, y atender, de manera racional y armónica, los requerimientos de la expansión urbana de las áreas metropolitanas de, las ciudades de Panamá y Colón.
8. Propiciar la procesión de la cuenca hidrográfica del canal dentro de una política de desarrollo sostenible, para la conservación y el adecuado aprovechamiento de los recursos hídricos de dicha cuenca y la biodiversidad del área.