Derecho de vigencia minera

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De acuerdo al Ministerio de Economía y Finanzas, el derecho de vigencia minera es el pago anual al que se obligan los concesionarios mineros a partir del año en que se otorga o solicita el respectivo petitorio, donde una parte se distribuye hacia los gobiernos locales donde se encuentre la concesión minera.

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Art. 39

Modifícase el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 27470, Ley que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, por el siguiente texto: “7.1 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) aprueba, mediante resolución ministerial, los índi...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso propio
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Empresas/Entidades dedidacadas a la explotación de Recursos Naturales
Distribución
Art. 57

Los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, establecidos en el Título VI de la presente Ley, constituyen recursos directamente recaudados y se distribuirán de la siguiente manera:  ...

Límites
Destinación