Deuda Pública

Categoría general

( ! ) Este contenido está disponible sólo en su idioma original.

Art. 131

Con el fin de facilitar el cumplimiento en el pago de intereses y amortizaciones del servicio de la deuda municipal, facúltase a los municipios, previo el asesoramiento del Ministerio de Planificación y Política Económica y la garantía del Gobierno Nacional, para la expedición de ...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso externo
    Deuda Pública
    Ingreso no permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Art. 131

Con el fin de facilitar el cumplimiento en el pago de intereses y amortizaciones del servicio de la deuda municipal, facúltase a los municipios, previo el asesoramiento del Ministerio de Planificación y Política Económica y la garantía del Gobierno Nacional, para la expedición de ...

Destinación
Art. 128

Los Municipios podrán contratar empréstitos previa autorización del Organo Ejecutivo, en los casos siguientes:  1- Para crear empresas municipales o mixtas para la explotación de bienes o servicios;  2 - Para construir obras públicas y de mejoramiento y servicio social y adquisicio...