Fondo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres
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Otros Recursos/Instrumentos
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Art. 20.
Fondo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres: Se crea el Fondo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres, con autonomía administrativa, técnica y financiera, con el objeto de captar y administrar asignaciones del presupuesto nacional, con...
País
Eje del PAR
Tipos de Instrumentos:
- Recurso externoOtros fondos especialesIngreso no permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Gobierno Central - Presupuesto de la Nación
Art. 22.
Asignación Presupuéstales para la Gestión Riesgos: la Comisión Nacional de Emergencia recibirá asignaciones presupuestarias dentro del presupuesto anual del país, para su funcionamiento operacional y la realización de las tareas que le compete en prevención, Mitigación y respuesta ante ...
Distribución
Límites
Destinación
Destinación especifica
Prevención y Mitigación de Riesgos y Emergencias