Impuesto de Timbres Municipales
Categoría general
Recursos Locales Propios (No uso de suelo)
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Art. 93.
En todo traspaso de inmuebles, constitución de sociedad, hipoteca y cédulas hipotecarias, se pagarán timbres municipales en favor de la municipalidad del cantón o, proporcionalmente, de los cantones donde esté situada la finca. Estos timbres se agregarán al respectivo testimonio de la e...
País
Eje del PAR
Tipos de Instrumentos:
- Recurso propioTributarioIngreso permanente
Marco legal
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación