Tasas

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Art. 158

Tipos de Tasas. Las tasas serán las siguientes: a) barrido y limpieza; b) recolección, tratamiento y disposición final de residuos; c) conservación de parques, jardines y paseos públicos; d) contrastación e inspección de pesas y medidas; e) chapas de numeración domiciliaria; f) servicio...

Art. 159

Tasa de Conservación de Parques, Jardines y Paseos Públicos. Todos los propietarios de inmuebles pagarán a la Municipalidad, previa prestación efectiva del servicio, una tasa por los servicios de conservación de parques, jardines y paseos públicos, conforme a la escala que se establezca...

Art. 161

Tasa Ambiental.          En los casos que las municipalidades celebren convenios con las autoridades competentes y asuman la función de fiscalizar las normas ambientales, podrán percibir una tasa ambiental, que guardará relación con el servicio efectivamente prestado, no pudiendo sobrep...

Art. 162

Regulación del Monto de las Tasas. La Municipalidad determinará por Ordenanza, la regulación del monto de las tasas creadas por ley. Los montos que se establezcan, no podrán sobrepasar el costo de los servicios efectivamente prestados, de conformidad al Artículo 168 de la Constitución N...

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso propio
    Ingreso permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación