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Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Argentina

Tipo de instrumento legal
Decreto Ley
Vigencia
Vigente

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Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo.

País
Argentina
Nivel territorial
Nivel 5: Local
Fecha de publicación
1977-10-28
Enlace
Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Arg…
Artículos
Art. 1
Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Argentina

La presente Ley rige el ordenamiento del territorio de la Provincia, y regula el uso, ocupación, subdivisión y equipamiento del suelo. ...

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Marcos legales urbanos
Art. 1
Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Argentina

La presente Ley rige el ordenamiento del territorio de la Provincia, y regula el uso, ocupación, subdivisión y equipamiento del suelo.

Marcos legales urbanos
Art. 2
Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Argentina

Son objetivos fundamentales del ordenamiento territorial: a) Asegurar la preservación y el mejoramiento del medio ambiente, mediante una adecuada organización de las actividades en el espacio. b) La proscripción de acciones degradantes del ambiente y la corrección de los efectos de las ...

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Marcos legales urbanos
Art. 2
Decreto Ley N° 8.912/77 - Ley de ordenamiento territorial y uso del suelo - Argentina

Son objetivos fundamentales del ordenamiento territorial: a) Asegurar la preservación y el mejoramiento del medio ambiente, mediante una adecuada organización de las actividades en el espacio. b) La proscripción de acciones degradantes del ambiente y la corrección de los efectos de las ya producidas. c) La creación de condiciones físico-espaciales que posibiliten satisfacer al menor costo económico y social, los requerimientos y necesidades de la comunidad en materia de vivienda, industria, comercio, recreación, infraestructura, equipamiento, servicios esenciales y calidad del medio ambiente. d) La preservación de las áreas y sitios de interés natural, paisajístico, histórico o turístico, a los fines del uso racional y educativo de los mismos. e) La implantación de los mecanismos legales, administrativos y económico-financieros que doten al gobierno municipal de los medios que posibiliten la eliminación de los excesos especulativos, a fin de asegurar que el proceso de ordenamiento y renovación urbana se lleve a cabo salvaguardando los intereses generales de la comunidad. f) Posibilitar la participación orgánica de la comunidad en el proceso de ordenamiento territorial, como medio de asegurar que tanto a nivel de la formulación propuesta, como de su realización, se procure satisfacer sus intereses, aspiraciones y necesidades. g) Propiciar y estimular la generación de una clara conciencia comunitaria sobre la necesidad vital de la preservación y recuperación de los valores ambientales.

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