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  1. Inicio

Decreto N° 114/97 - Ley del Organismo Ejecutivo - Guatemala

Vigencia
Vigente

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Ley del Organismo Ejecutivo.

País
Guatemala
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
1997-12-01
Enlace
Decreto N° 114/97 - Ley del Organismo Ejecutivo - Guatemala
Artículos
Art. 30
Decreto N° 114/97 - Ley del Organismo Ejecutivo - Guatemala

Al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda le corresponde formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico aplicable al establecimiento, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de comunicaciones y transporte del país; al uso y aprovechamiento de las frecuen...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 30
Decreto N° 114/97 - Ley del Organismo Ejecutivo - Guatemala

Al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda le corresponde

formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico aplicable al

establecimiento, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de

comunicaciones y transporte del país; al uso y aprovechamiento de las

frecuencias radioeléctricas y del espacio aéreo; a la obra pública; a los

servicios de información de meteorología, vulcanología, sismología e

hidrología; y a la política de vivienda y asentamientos humanos; para ello,

tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Administrar en forma descentralizada y subsidiaria o contratar la provisión

de los servicios de diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento y

supervisión de las obras públicas e infraestructura a su cargo.

b) Proponer al Organismo Ejecutivo las normas técnicas relativas a las obras

públicas, para lo cual deberá coordinarse con los otros Ministerios

correspondientes.

c) Financiar subsidiariamente el diseño, construcción, rehabilitación y

mantenimiento de las obras públicas.

d) Crear y participar en la administración o contratación de los mecanismos

financieros para la construcción, rehabilitación y mantenimiento de las obras

públicas.

e) Proponer para su aprobación y ejecutar los instrumentos normativos de los

sistemas de transporte terrestre, fluvial, marítimo y aéreo, así como de las

frecuencias radiales y televisivas, de telecomunicaciones, correos y telégrafos,

velando por su pronta, estricta y eficiente aplicación.

f) Administrar descentralizadamente lo relativo al aprovechamiento y

explotación del espectro radioelectrónico.

g) Velar por que se presten en forma descentralizada los servicios de

información de meteorología, vulcanología, sismología e hidrología.

h) Administrar la contratación, concesión y otras formas descentralizadas de

prestación de los servicios públicos a su cargo y supervisar su ejecución.

i) Ejercer la autoridad portuaria y aeroportuaria nacional.

j) Ejercer la rectoría del sector público a cargo de la ejecución del régimen

jurídico relativo a la vivienda y asentamientos humanos, y administrar en

forma descentralizada los mecanismos financieros del sector público para

propiciar el desarrollo habitacional del país.

k) Formular la política nacional de vivienda y asentamientos humanos y

evaluar y supervisar su ejecución, dentro del marco de las leyes aplicables.

l)Coordinar las acciones de las instituciones públicas que desarrollen

programas y proyectos de vivienda y asentamientos humanos.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado

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