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  1. Inicio

Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas - Venezuela

Tipo de instrumento legal
Decreto con Fuerza de Ley (DFL)
Vigencia
Vigente

( ! ) Este contenido está disponible sólo en su idioma original.

Decreto N° 8.190 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.

País
Venezuela
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
2011-05-06
Enlace
Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivi…
Artículos
Art. 1
Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas - Venezuela

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto la protección de las arrendatarias y arrendatarios, comodatarios y ocupantes o usufructuarios de bienes inmuebles destinados a vivienda principal, así como las y los adquirientes de viviendas nuevas o en el mercado se...

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Marcos legales urbanos
Art. 1
Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas - Venezuela

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto la protección de las arrendatarias y arrendatarios, comodatarios y ocupantes o usufructuarios de bienes inmuebles destinados a vivienda principal, así como las y los adquirientes de viviendas nuevas o en el mercado secundario, contra medidas administrativas o judiciales mediante las cuales se pretenda interrumpir o cesar la posesión legítima que ejercieren, o cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda.

Marcos legales urbanos
Art. 2
Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas - Venezuela

Serán objeto de protección especial, mediante la aplicación del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, las personas naturales y sus grupos familiares, que ocupen inmuebles destinados a vivienda principal en calidad de arrendatarias o arrendatarios, comodatarias o comodatario...

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Marcos legales urbanos
Art. 2
Decreto N° 8.190/2011 - Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas - Venezuela

Serán objeto de protección especial, mediante la aplicación del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, las personas naturales y sus grupos familiares, que ocupen inmuebles destinados a vivienda principal en calidad de arrendatarias o arrendatarios, comodatarias o comodatarios, así como aquellas personas que ocupen de manera legítima dichos inmuebles como vivienda principal. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley deberá aplicarse además en protección de las adquirientes y los adquirientes de viviendas nuevas o en el mercado secundario, cuando sobre dichos inmuebles, destinados a vivienda principal, se hubiere constituido garantía real, siendo susceptible de ejecución judicial que comporte la pérdida de la posesión o tenencia.

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