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Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Tipo de instrumento legal
Ley
Vigencia
Vigente

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La Constitución de la República de Cuba reconoce como uno de los derechos de las personas el disfrute de un medio ambiente sano y equilibrado, promueve su protección y el uso racional de los recursos naturales del país, su estrecha vinculación con el desarrollo sostenible de la economía y la sociedad para hacer más racional la vida humana y asegurar la supervivencia, el bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras; defiende la identidad y la cultura cubanas, y salvaguarda la riqueza artística, patrimonial e histórica de la Nación, lo que se asegura con las políticas públicas y las normas del ordenamiento territorial y urbano.

La Ley 145 “Del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo en Cuba”, se orienta a procurar la efectividad de cuatro derechos constitucionales:

  • el derecho a la propiedad relacionada con el suelo,
  • a una vivienda adecuada y a un hábitat seguro y saludable,
  • a un medio ambiente sano y equilibrado y
  • a la participación ciudadana.
Estado
Vigente
País
Cuba
Nivel territorial
Nivel 1: Nacional
Fecha de publicación
2022-11-24
Enlace
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del su…

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Presentación Ley 145 en la XXI Asamblea General MINURVI - "Financiación, mercado de suelo y de la vivienda"
Artículos
Art. 1.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento territorial y urbano, como políticas públicas, expresan en el espacio las políticas ambiental, económica, social y cultural de toda la sociedad con la cual interactúan para lograr, mediante una adecuada gestión del suelo, el desarrollo sostenible; se implementan mediante...

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Políticas nacionales urbanas
Art. 1.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento territorial y urbano, como políticas públicas, expresan en el espacio las políticas ambiental, económica, social y cultural de toda la sociedad con la cual interactúan para lograr, mediante una adecuada gestión del suelo, el desarrollo sostenible; se implementan mediante el planeamiento y el diseño físico espacial que orienta la actuación de los actores públicos y privados sobre el uso del suelo.

Políticas nacionales urbanas
Art. 2.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento urbano procura asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, en correspondencia con los procesos asociados a la urbanización y a su estructuración interna. ...

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Políticas nacionales urbanas
Art. 2.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento urbano procura asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, en correspondencia con los procesos asociados a la urbanización y a su estructuración interna.

Políticas nacionales urbanas
Art. 7.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Esta Ley se orienta a procurar la efectividad de los derechos constitucionales, en particular los siguientes: 1. Derecho a la propiedad relacionada con el suelo. 2. Derecho a una vivienda adecuada y a un hábitat seguro y saludable. 3. Derecho a un medio ambiente sano y equilibrado. 4. D...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 7.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Esta Ley se orienta a procurar la efectividad de los derechos constitucionales,

en particular los siguientes:

1. Derecho a la propiedad relacionada con el suelo.

2. Derecho a una vivienda adecuada y a un hábitat seguro y saludable.

3. Derecho a un medio ambiente sano y equilibrado.

4. Derecho a la participación ciudadana

 

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 5.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Son objetivos de esta Ley definir: 1. Los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano, su contenido, ámbito, alcance, instancias de aprobación y su gestión. 2. Las responsabilidades del Consejo de Ministros, los órganos locales del Poder Popular, del Instituto Nacional, las delega...

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Marcos legales urbanos
Art. 5.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Son objetivos de esta Ley definir:

1. Los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano, su contenido, ámbito, alcance, instancias de aprobación y su gestión.

2. Las responsabilidades del Consejo de Ministros, los órganos locales del Poder Popular, del Instituto Nacional, las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.

3. El régimen jurídico y urbanístico del suelo, con su clasificación y calificación, a partir de la definición de su uso, vocación y destino, con una ocupación y utilización sostenible, equitativa, equilibrada y racional.

4. Los instrumentos para la gestión del suelo que permitan su uso de manera racional y sostenible.

5. Las servidumbres.

6. El catastro nacional y las zonas con regulaciones especiales

Los actores que intervienen en el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, participación y comunicación, responsabilidades y deberes.

8. La inspección, el control y la disciplina territorial y urbana.

9. Las responsabilidades y deberes de los organismos de la Administración Central del Estado y de otras entidades.

Marcos legales urbanos
Art.8.1
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, a los efectos de esta Ley, se rigen por los principios siguientes: a) Sostenibilidad: promueve el manejo eficiente y racional de los recursos teniendo en cuenta las dimensiones espacial, ambiental, económica, social y cultural...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.8.1
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, a los efectos de esta Ley, se rigen por los principios siguientes:

a) Sostenibilidad: promueve el manejo eficiente y racional de los recursos teniendo en cuenta las dimensiones espacial, ambiental, económica, social y cultural para la satisfacción de las necesidades de las presentes y futuras generaciones;

b) resiliencia: capacidad de los territorios y asentamientos humanos expuestos a peligros de cualquier naturaleza para resistir, absorber, mitigar, adaptarse y recuperarse de sus efectos de manera oportuna y eficaz; lo que incluye la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funciones, así como la articulación y la gestión de los actores nacionales y locales;

c) autonomía local: derecho y capacidad efectiva para ordenar, gestionar y controlar el desarrollo económico y social del territorio en beneficio de sus habitantes, articulado con las determinaciones de los niveles superiores;

d) coherencia: las decisiones territoriales de los órganos locales del Poder Popular se corresponden con las políticas y determinaciones emanadas de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, y tienen en cuenta políticas nacionales y sectoriales, en armonía con las realidades ambientales, económicas, sociales y culturales propias de cada territorio;

e) participación: sobre la base de la concertación, la cooperación y la corresponsabilidad de todos los actores de manera activa; lo que incluye capacitación, deliberación, valoración, priorización y aporte de información para la toma de decisiones por los órganos locales del Poder Popular y el control del cumplimiento de lo decidido, de manera independiente y sin necesidad de formar parte de la administración pública o de organizaciones profesionales, políticas y de masas;

f) equidad territorial: las decisiones que se adopten en relación con el territorio contribuyen a garantizar a las personas naturales y jurídicas igualdad de oportunidades, en especial la atención a los grupos vulnerables, con el fin de aprovechar las opciones de desarrollo sostenible y el acceso a servicios de diferente jerarquía, donde prima el interés general sobre el particular para lograr justicia social;

g) equilibrio territorial: consolida, diversifica y potencia las actividades económicas, en armonía con las potencialidades y ventajas comparativas de cada territorio, lo que garantiza un hábitat seguro y saludable;

h) distribución equitativa: pone los beneficios derivados de operaciones sobre el suelo al servicio del interés general; las utilidades derivadas de las recalificaciones del suelo y de una mayor edificabilidad concedida por el planeamiento se revierten en la sociedad en su conjunto;

i) enfoque ecosistémico: incorpora la valoración de los bienes y servicios ambientales, las soluciones naturales y otras medidas de adaptación basadas en los ecosistemas; y

j) preservación del patrimonio: protege el patrimonio cultural y natural existente, asegura que se conserve para presentes y futuras generaciones, es fuente de identidad cultural y cohesión social, y un activo económico que impulsa el desarrollo sostenible.

2. El Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, para la consecución de estos principios, establece la estrategia comunicacional que proceda.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.9
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, en materia de ordenamiento territorial y urbano y gestión del suelo: 1. Exige, a quienes corresponda, el control de la implementación de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano. 2. Participa en las decisiones e...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.9
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, en materia de ordenamiento territorial y urbano y gestión del suelo:

1. Exige, a quienes corresponda, el control de la implementación de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano.

2. Participa en las decisiones en materia de promoción de la inversión y emite criterios vinculantes sobre la compatibilidad de los proyectos de interés nacional con los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano.

3. Promueve acciones de participación ciudadana que fortalezcan los procesos descentralizados de ordenamiento territorial y urbano.

4. Somete a consulta de los organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales y al representante del Gobierno Central en los diferentes destinos, los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano, según corresponda.

5. Contribuye a una activa gestión del suelo para los procesos de transformación del territorio.

6. Ofrece a las personas jurídicas los servicios técnicos y jurídicos, según corresponda, asociados al ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo en el ámbito de su competencia.

7. Participa con el Ministerio de Economía y Planificación en la presentación y aprobación del plan de la economía de los distintos sectores, según la periodicidad establecida en el país, donde verifica el cumplimiento de lo relacionado con el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.10
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Corresponde a las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, lo siguiente: 1. Elaborar los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano de su demarcación, para su aprobación por las instancias correspondientes. 2. Gestionar los inst...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.10
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Corresponde a las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, lo siguiente:

1. Elaborar los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano de su demarcación, para su aprobación por las instancias correspondientes.

2. Gestionar los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y de gestión del suelo de forma articulada con los planes de la economía y las estrategias de desarrollo, y asegurar, en lo que les competa, su divulgación y publicación. 

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.11
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo dirigen, regulan y controlan el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, en cumplimiento de la política del Estado, la legislación vigente y los acuerdos que adopten los resp...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.11
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo dirigen, regulan y controlan el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, en cumplimiento de la política del Estado, la legislación vigente y los acuerdos que adopten los respectivos consejos provinciales y de la administración municipal, así como las asambleas municipales del Poder Popular.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.12
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo: 1. Cumple las políticas y orientaciones técnico metodológicas del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo. 2. Articula las políticas y determinaciones de los instrumentos de ordenamiento territorial y u...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.12
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo:

1. Cumple las políticas y orientaciones técnico metodológicas del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.

2. Articula las políticas y determinaciones de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y para la gestión del suelo del ámbito nacional con las propuestas de desarrollo de la provincia.

3. Asesora y controla, en el orden metodológico, el trabajo de las direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.

4. Presenta a la revisión técnica del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano que correspondan;

5. Ofrece a las personas naturales y jurídicas los servicios técnicos y jurídicos que correspondan, de acuerdo con su ámbito de competencia.

6. Participa en la aprobación del Plan de la Economía a este nivel para controlar y garantizar el cumplimento de lo relacionado con el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo.

7. Somete a consulta del Representante del Gobierno Central, en los diferentes destinos, los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y gestión del suelo, según corresponda.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.13
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo: 1. Cumple las políticas y orientaciones técnico metodológicas del Instituto Nacional y la Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo. 2. Articula las políticas y determinaciones de los instrumentos de ord...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.13
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo:

1. Cumple las políticas y orientaciones técnico metodológicas del Instituto Nacional y la Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.

2. Articula las políticas y determinaciones de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y para la gestión del suelo de los ámbitos nacional y provincial con las propuestas de desarrollo del municipio.

3. Presenta a revisión técnica de la Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano.

4. Ofrece a las personas naturales y jurídicas los servicios técnicos y jurídicos, según correspondan, de acuerdo con su ámbito de competencia.

5. Participa en la aprobación del Plan de la Economía a este nivel para controlar y garantizar el cumplimiento de lo relacionado con el ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo.

6. Somete a consulta del Representante del Gobierno Central, en los diferentes destinos, los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano y gestión del suelo, según corresponda.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.14
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Consejo Provincial y la Asamblea Municipal del Poder Popular, en sus respectivas jurisdicciones, definen y emiten las políticas públicas locales en lo relativo al ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley ...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.14
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Consejo Provincial y la Asamblea Municipal del Poder Popular, en sus respectivas jurisdicciones, definen y emiten las políticas públicas locales en lo relativo al ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art. 18.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Sistema de Ordenamiento Territorial y Urbano, como el conjunto de instrumentos de ordenamiento territorial y urbano, rige el desarrollo y transformación físico espacial de los territorios en el ámbito nacional, provincial, municipal, asentamiento humano y parcial, entre los que exist...

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Marcos legales urbanos
Art. 18.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Sistema de Ordenamiento Territorial y Urbano, como el conjunto de instrumentos de ordenamiento territorial y urbano, rige el desarrollo y transformación físico espacial de los territorios en el ámbito nacional, provincial, municipal, asentamiento humano y parcial, entre los que existe articulación multinivel.

Marcos legales urbanos
Art. 22.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Se establecen como instrumentos de ordenamiento territorial y urbano los siguientes: 1. El Esquema de Ordenamiento Territorial, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas y las determinaciones territoriales y urbanísticas; se elabora para el ámbito...

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Marcos legales urbanos
Art. 22.
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Se establecen como instrumentos de ordenamiento territorial y urbano los siguientes:

1. El Esquema de Ordenamiento Territorial, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas y las determinaciones territoriales y urbanísticas; se elabora para el ámbito nacional y provincial con un alcance de largo plazo.

2. El Plan de Ordenamiento Territorial, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas, las determinaciones y las regulaciones territoriales específicas, según el alcance del instrumento, así como el programa de acciones; se elabora para el ámbito municipal y parcial, con un alcance de corto y mediano plazos.

3. El Plan de Ordenamiento Urbano, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas, las determinaciones urbanísticas para la organización del uso del suelo, su ocupación y utilización, la estructura y morfología, las regulaciones urbanísticas específicas, según el alcance del instrumento, así como el programa de acciones; se elabora para el ámbito de asentamiento humano y parcial, zonas con regulaciones especiales, zonas priorizadas para la conservación y actividades productivas y no productivas, con un alcance de corto y mediano plazos.

4. El Estudio de Detalle, instrumento complementario, cuyo fin es la precisión de determinaciones de los planes de ordenamiento territorial y urbano, siempre que estos lo requieran y no se altere la calificación del suelo ni su aprovechamiento; formula propuestas de diseño, regulaciones y condicionales territoriales, urbanísticas, arquitectónicas y ambientales específicas, con un alcance de corto y mediano plazos:

a) Estudios territoriales o urbanísticos, completan, precisan o ajustan las determinaciones de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano para facilitar su gestión; y

b) estudios de localización, estudios técnico-económicos orientados a definir el territorio o el área en que se localiza una inversión mediante el análisis de los elementos territoriales necesarios con el que se evalúa su factibilidad, como el impacto ambiental o territorial, obras inducidas y afectaciones.

Marcos legales urbanos
Art.29
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Consejo de Ministros aprueba los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano del ámbito nacional. ...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.29
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El Consejo de Ministros aprueba los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano del ámbito nacional.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.32
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Asamblea Municipal del Poder Popular aprueba los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano de su territorio. ...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.32
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

La Asamblea Municipal del Poder Popular aprueba los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano de su territorio.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.27
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano se elaboran según el ámbito, de la forma siguiente: 1. Nacional, por el Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas, mediante el cual formulan propuestas integrales d...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.27
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

Los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano se elaboran según el ámbito, de la forma siguiente:

1. Nacional, por el Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas, mediante el cual formulan propuestas integrales de las estructuras territoriales del ámbito nacional y supraprovincial a partir del conocimiento de las potencialidades y restricciones de los municipios, las proyecciones deseables del desarrollo territorial y la evaluación de las sectoriales de carácter nacional.

2. Provincial, por las delegaciones provinciales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas, y por este se formulan propuestas de ordenamiento territorial en el ámbito provincial; tienen en cuenta las directrices y recomendaciones que deriven de los instrumentos del ámbito nacional, municipal, asentamiento humano y parcial; proponen soluciones a los problemas del ámbito supramunicipal y formulan a su vez determinaciones para el planeamiento del ámbito municipal.

3. Municipal, por la Delegación del municipio especial Isla de la Juventud, las direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas, y a través de este se formulan propuestas de ordenamiento territorial y urbano en el ámbito municipal, teniendo en cuenta las directrices y recomendaciones que deriven de los instrumentos del ámbito nacional, provincial, asentamiento humano y parcial, oído el parecer de la población cuando sea el caso; proponen soluciones a los problemas en el ámbito de su competencia y formulan determinaciones para la implementación de sus instrumentos.

4. Asentamiento humano, por la Delegación del municipio especial Isla de la Juventud, las direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas; mediante estos se formulan propuestas de ordenamiento urbano teniendo en cuenta las directrices y recomendaciones que deriven de los instrumentos del ámbito nacional, provincial, municipal y parcial, proponen soluciones a los problemas en el ámbito de su competencia para los asentamientos humanos concentrados y formulan determinaciones urbanísticas y programas de acciones para la implementación de sus instrumentos.

5. La Habana, por la Delegación Provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o personas jurídicas especializadas autorizadas.

6. Parcial, por el Instituto Nacional, las delegaciones provinciales y direcciones municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo o las personas jurídicas especializadas autorizadas, para parte de un territorio y de los asentamientos humanos concentrados; mediante este se proponen soluciones a los problemas en el ámbito de su competencia y formulan precisiones y regulaciones sobre el uso del suelo, su estructura y morfología por el impacto de los procesos que en ellos se

producen.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.28
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El alcance de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano es temporal y se establece por su grado de determinación y concreción a partir de un conjunto de objetivos y acciones concretos programables en el corto, mediano y largo plazos; varía según las implicaciones e impactos ...

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Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado
Art.28
Ley Nº 145/2022 - Ley del ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo - Cuba

El alcance de los instrumentos de ordenamiento territorial y urbano es temporal y se establece por su grado de determinación y concreción a partir de un conjunto de objetivos y acciones concretos programables en el corto, mediano y largo plazos; varía según las implicaciones e impactos estructurales del instrumento, con ajustes según la necesidad o la modificación de sus escenarios y se establecen de la siguiente manera:

1. Largo plazo, más de diez años: esquema de ordenamiento territorial.

2. Mediano plazo, entre cinco y diez años, sobre la base de estudios exploratorios a largo plazo: planes de ordenamiento territorial y urbano y estudio de detalle.

3. Corto plazo, entre uno y dos años: estudio de detalle.

Planificación urbana y territorial y diseño urbano integrado

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