Sistema de planificación urbano de Chile
En Chile existen varios instrumentos y mecanismos para ordenar y planificar el territorio urbano y rural. El ordenamiento territorial se realiza a través de una macro división del territorio en unidades territoriales, las cuales son: la nación, las regiones, intercomunas y comunas. La estructura normativa para el ordenamiento territorial se base en las leyes, ordenanzas y decretos que crean las instituciones de planificación, sus metodologías y los instrumentos que se implementan dentro del sistema de planificación del suelo.
Instituciones nacionales
Instituciones subnacionales y locales
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Instrumentos de planificación
Seleccione el tipo de Instrumentos de planificación de la siguiente lista:
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PolíticaLargo plazo
El objetivo principal de esta Política es generar condiciones para una mejor “Calidad de Vida de las Personas”, entendida no solo respecto de la disponibilidad de bienes o cond
Lun, 24/08/2020 - 18:47
Base legal
Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá proponer al Presidente de la República las modificaciones que esta Ley requiera para adecuarla al desarrollo nacional. ...
Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá, a través de la División de Desarrollo Urbano, impartir las instrucciones para la aplicación de las disposiciones de esta Ley y su Ordenanza General, mediante circulares, las que se mantendrán a disposición de cualquier interesado. ...
Corresponderá al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo la Planificación del desarrollo urbano a nivel nacional. Le corresponderá, asimismo, a través de la Ordenanza General de la presente ley, establecer normas específicas para los estudios, revisión, aprobación y modificaciones de los ...
Se entenderá por Planificación Urbana Intercomunal aquella que regula el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas que, por sus relaciones, se integran en una unidad urbana. Cuando esta unidad sobrepase los 500.000 habitantes, le corresponderá la categoría de ...
El anteproyecto de Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano, o sus modificaciones, será elaborado por la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo, con consulta a las municipalidades correspondientes y a los organismos de la administración del Estado que sean necesarios...
Se entenderá por Planificación Urbana, para los efectos de la presente ley, el proceso que se efectúa para orientar y regular el desarrollo de los centros urbanos en función de una política nacional, regional y comunal de desarrollo socio-económico. Los objetivos y metas que dicha polít...
Serán funciones del gobierno regional en materia de ordenamiento territorial: a) Elaborar y aprobar el plan regional de ordenamiento territorial en coherencia con la estrategia regional de desarrollo y la política nacional de ordenamiento territorial, previo informe favorable de los min...
Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1-19.175, del Ministerio del Interior, del año 2...
7) Modifícase el artículo 17, de la siguiente manera: a) Incorpórase la siguiente letra a), nueva, pasando las actuales letras a), b), c), d), e) y f), a ser letras b), c), d), e), f) y g), respectivamente: ...
A las Municipalidades corresponderá aplicar esta ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamentos, en sus acciones administrativas relacionadas con la planificación urbana, urbanización y construcción, y a través de las acciones de los servicios de utilidad pública res...