Impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y la plusvalía

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Art. 556.

Impuesto por utilidades y plusvalía. Se establece el impuesto del diez por ciento (10%) sobre las utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles urbanos, porcentaje que se podrá modificar mediante ordenanza. ...

Art. 561.

Plusvalía por obras de infraestructura. Las inversiones, programas y proyectos realizados por el sector público que generen plusvalía, deberán ser consideradas en la revalorización bianual del valor catastral de los inmuebles. Al tratarse de la plusvalía por obras de infraestructura, el...

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