Depósitos de Fondos Municipales
General category
Recursos Locales Propios (No uso de suelo)
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Art. 298.
Depósitos de Fondos Municipales. Los valores y fondos municipales podrán depositarse, por acuerdo del Concejo municipal, en cualquiera de las entidades financieras legalmente autorizadas. Los comprobantes de depósito se conservarán en la Tesorería del Ayuntamiento. ...
Country
Action Area
Access / Authorization
Source of resources
Distribution
Limits
Destination
Free destination