(Anteproyecto de) Ley Nacional de Planificación y Ordenamiento Territorial
El proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial Nacional se plantea como el marco normativo que guía las políticas de ordenamiento territorial del país. En primer lugar define al OT como una función pública y luego de ello, fija los principios sobre los que se apoya el OT y define los objetivos y directrices que guían la política territorial. En la segunda parte define los derechos y deberes de lxs habitantxs del país en relación al ordenamiento territorial. En la tercera parte, define la institucionalidad del OT (autoridad de aplicación de la ley, planes y legislación que comprende el sistema y obligaciones del Gobierno Nacional en la materia). Finalmente, en la última parte, define los instrumentos de la política territorial, los que deberán ser reglamentados en cada una de las jurisdicciones.
El objeto de la presente ley es el establecimiento de los presupuestos mínimos del ordenamiento territorial para el desarrollo sustentable, territorialmente equilibrado y socialmente justo, a través de la regulación del uso del suelo como recurso natural, económico y social, y de la localización condicionada de las actividades antrópicas.
Art 4. Definición: El Ordenamiento Territorial es una política pública, destinada a orientar el proceso de producción social del espacio, mediante la aplicación de medidas que tienen por finalidad la mejora de la calidad de vida de la población, a través de su integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales.
El Ordenamiento Territorial es la expresión espacial de las políticas económicas, sociales, culturales y ecológicas de toda la sociedad, que se llevan a cabo mediante determinaciones que orientan el accionar de los agentes privados y públicos sobre el uso del suelo.
Art. 6. Principios rectores. Se reconocen los siguientes principios rectores del Ordenamiento Territorial Nacional. Principios generales:
i. Equidad del Desarrollo Territorial: La creación de condiciones de equidad en el desarrollo territorial, lo cual implica el acceso igualitario de todos los habitantes a una calidad de vida digna, garantizando la accesibilidad a los equipamientos y servicios públicos necesarios para alcanzar un hábitat adecuado a todos los ciudadanos. (…)
(Proyecto de) Ley de Sistema Integral de Políticas para la vivienda y el hábitat (SIPVH)
Establece la creación de un Sistema Integral de Políticas para la Vivienda y el Hábitat (SIPVH) que articule, coordine, complemente políticas, programas y los diferentes recursos públicos que se destinan para atender el desarrollo habitacional, en el ejercicio de las responsabilidades del Estado, a través de sus diferentes organismos, poderes y jurisdicciones.
Art. 1. Creación y Objeto: Créase el (SIPVH) para la coordinación y concertación entre los sectores estatal, social, y privado con el objeto de hacer efectivo el derecho al hábitat, entendido como un ambiente sano y seguro, conformado por la tierra, la vivienda adecuada y los servicios e infraestructuras básicas, conforme a lo previsto en el Art. 14 bis de la Constitución Nacional y las Declaraciones, Pactos, Tratados y Convenios Internacionales suscriptos por la República Argentina.