Alianzas para el desarrollo de infraestructura económica

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Según el Congreso de Guatemala El Decreto legislativo 16- 2010 tiene por objeto ser el marco normativo que impulse y ejecute proyectos a través de los contratos y alianzas entre el sector publico y privado. Los municipios pueden levantar este tipo de proyectos siempre y cuando cumplan con el protocolo de autorización. 

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Art. 2.

Ámbito de aplicación. La presente Ley se aplicará a los contratos de alianzas para el desarrollo de infraestructura económica, destinados a la creación, construcción, desarrollo, utilización, aprovechamiento, mantenimiento, modernización y ampliación de infraestructura, autopistas, carr...

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso externo
    Financiamiento a mediano y largo plazo
    Ingreso no permanente
Acceso/Autorización
Art. 1.

Objeto de la ley. La presente Ley tiene como objeto, establecer el marco normativo para la celebración y ejecución de contratos de alianzas para el desarrollo de infraestructura económica. ...

Fuente de recursos
Distribución
Límites
Art. 35.

Autorizaciones previas de la institución contratante del Estado. Todo proyecto de alianzas para el desarrollo de infraestructura económica será precedido del requerimiento y autorizaciones escritas de la institución contratante del Estado por parte de sus autoridades superiores y someti...

Art. 43.

Prohibiciones. Tienen prohibido ofertarle al Estado y celebrar contratos como participantes privados y subcontratistas, las personas individuales o jurídicas cuyos integrantes o representantes legales estén contemplados en los casos siguientes: a. Quienes estén privados del goce de sus ...

Destinación