Asociaciones público privadas
En Nicaragua las entidades descentralizadas y autónomas pueden participar como autoridades adjudicatarias de los proyectos de APP.
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Ámbito de aplicación La presente Ley es aplicable a los proyectos y contratos desarrollados bajo el esquema de Asociación Público Privada para la provisión de infraestructura y servicios públicos, así como a las entidades del sector público, a las personas naturales de ambos sexos y las...
Definiciones Para efectos de aplicación de la presente Ley, se entenderá por: 1) Contrato de Asociación Público Privada o Contrato: Acuerdo de voluntades jurídicamente vinculantes, celebrado entre la Institución Contratante del Estado y el Participante Privado, en que se fijan las condi...
Tipos de Instrumentos:
- Recurso externoFinanciamiento a mediano y largo plazoIngreso no permanente
Las diferentes formas de propiedad: pública, privada, asociativa, cooperativa, comunitaria, comunal, familiar y mixta deberán ser garantizadas y estimuladas sin discriminación para producir riquezas y todas ellas dentro de su libre funcionamiento deberán cumplir una función social. ...
El Estado debe cumplir a través del impulso de políticas públicas y sociales un rol de desarrollo del sector privado, que permita mejorar la funcionalidad y eficiencia de las instituciones públicas, simplificando los trámites, reduciendo las barreras de entrada a la formalidad, avanzand...
Prohibiciones para ser Oferente. No podrán participar en los procesos de Licitación de los Proyectos de APP que regula la Ley y este Reglamento, las siguientes personas: ...