De la participación en renta de aduanas

Categoría general
Transferencias gubernamentales

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Art. 80

El 2% de las rentas recaudadas por cada una de las Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres ubicadas en las provincias distintas a la Provincia Constitucional del Callao, constituyen ingresos propios de los Concejos Provinciales y Distritales en cuya jurisd...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso externo
    Transferencias intergubernamentales
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación
Educación