Deuda pública
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(Según Reforma por Decreto 48-91).- Las Municipalidades podrán contratar empréstitos y realizar otras operaciones financieras con cualquier institución nacional, de preferencia estatal. Cuando los empréstitos se realicen con entidades extranjeras, se seguirán los procedimientos establec...
Las Municipalidades podrán emitir bonos para el financiamiento de obras y servicios, con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previo dictamen favorable del Directorio del Banco Central de Honduras. Emisión de bonos Articulo 89.- Los fondos obtenidos mediante empr...
Tipos de Instrumentos:
- Recurso externoDeuda PúblicaIngreso no permanente
Las autorizaciones de endeudamiento externo e interno del gobierno central, organismos descentralizados y gobiernos municipales, que incluyan garantías y avales del Estado, serán reguladas por la ley. ...
Los gobiernos locales podrán realizar operaciones de crédito interno bajo su exclusiva responsabilidad, pero requerirán las autorizaciones señaladas por leyes especiales. ...
No se podrán dedicar al pago de empréstitos o emisión de bonos, un porcentaje superior al 20 % de los ingresos ordinarios anuales de la Municipalidad, cuando se tratare de financiar obras cuya inversión no es recuperable. ...