Impuesto al rodaje

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Art. 1

El impuesto del Rodaje para los vehículos que utilicen gasolina se cobrará en la misma forma y oportunidad que el “Impuesto Fiscal” que afecta a las gasolinas. ...

Art. 2

El impuesto de Rodaje se calculará aplicando la tasa de 8% sobre el valor de venta de las gasolinas. Se extenderá como valor de venta el precio Explanta sin incluir el “Impuesto Fiscal” y el “Impuesto a los bienes y servicios.   ...

Art. 4

El impuesto de Rodaje aplicable a los vehículos automóviles que utilicen combustible distinto a la gasolina, continuará rigiénose por las disposiciones del Decreto Ley 21934. La tasa aplicable para dichos vehículos será de dos veces la tasa correspondiente a 1980. ...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso externo
    Transferencias intergubernamentales
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Gobierno Central - Impuestos Nacionales
Distribución
Límites
Destinación