Impuesto a la propiedad de vehículos automotores terrestres

Es un tipo de impuesto anual a los vehículos automotores de cualquier clase o categoría hacia las Personas jurídicas o naturales y las sucesiones indivisas propietarias de cualquier vehículo automotor. 
La base imponible al igual que alícuota va a estar dada por los valores del gobierno autónomo municipal. 
La creación de este impuesto por cada gobierno municipal debe seguir los principios constitucionales declarados en el art.323-I de la CPE
 

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País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso propio
    Tributario
    Ingreso permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites

La creación de este impuesto está limitada por 

Art. 16

I. Los gobiernos autónomos en la creación y establecimiento de impuestos sobre la propiedad, su transferencia o la sucesión a cualquier título, deben prever que los bienes inmuebles y muebles sujetos a registro del Estado, de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en el país...

Art. 20

Todo proyecto de ley departamental o municipal por las cuales se cree y/o modifique impuestos, de acuerdo a la clasificación establecida, debe contener los siguientes requisitos:  a) El cumplimiento de los principios y condiciones establecidos en la presentes Ley.  b) El cumplimiento de...

Destinación