Impuesto a las apuestas

Categoría general
Recursos Locales Propios (No uso de suelo)

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Art. 38

El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas. Los Casinos de Juego continuarán rigiéndose por sus normas especiales.   ...

Art. 42

La tasa del impuesto es del 20% ...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso propio
    Tributario
    Ingreso permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Art. 44

El monto que resulte de la aplicación del impuesto se distribuirá conforme a los siguientes criterios: a) 60% se destinará a la Municipalidad Provincial. b) 15% se destinará a la Municipalidad Distrital donde se desarrolle el evento. c) 25% se destinará al Fondo de Compensación Municipa...

Límites
Destinación