Mancomunidad
Categoría general
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Art. 16-B.
(Adicionado mediante Decreto 127-2000). Los municipios que dejaren de reunir cualquiera de dichos requisitos por más de dos (2) años consecutivos, deberán mancomunarse obligatoriamente con otro u otros contiguos. Desaparecida la causa que le dio origen, podrá disolverse la mancomunidad....
Art. 20-F.
(Adicionado por Decreto No. 143-2009) Para garantizar la sostenibilidad financiera de las mancomunidades o asociaciones, el porcentaje de aportación de las municipalidades miembros deberá ser definido por la Junta Directiva de la Mancomunidad o Asociación y aprobado por los dos tercios ...
País
Eje del PAR
Tipos de Instrumentos:
- Recurso propioIngreso no permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación