Tasas
Art. 302 de la CPE establece como competencia exclusiva de los municipios:
Crear y Administrar Tasas y Contribuciones Especiales de dominio Municipal. En este sentido los GAM tienes la potestad de crear tasas que son los tributos exigidos a quienes de alguna manera se benefician de una actividad estatal, cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de Derecho.
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Art. 302 Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 20. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. ...
Tipos de Instrumentos:
- Recurso propioTributario