Transferencia de competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades

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En el Presupuesto Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico correspondiente.

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Art. 170.

Las corporaciones municipales son autónomas. En el Presupuesto Ordinario de la República, se les asignará a todas las municipalidades del país una suma que no será inferior a un diez por ciento (10%) de los ingresos ordinarios calculados para el año económico correspondiente. La ley det...

Tipos de Instrumentos:

  • Transferencias intergubernamentales
    Ingreso permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Gobierno Central - Presupuesto de la Nación
Distribución
Art. 10.

Distribución de los fondos Cada ley específica definirá los factores de distribución, atendiendo criterios de densidad poblacional, índice de desarrollo social y los principios de equidad y asimetría a que se refiere el artículo 3 de esta Ley. ...

Límites
Destinación
Destinación libre y/o específica
Gastos de funcionamiento
Art. 12.

No serán aplicables a los fondos transferidos, conforme el artículo 170 de la Constitución Política, las disposiciones que establezcan remuneraciones, transferencias o destinos específicos según el monto de los ingresos ordinarios locales. ...

Art. 13.

De los fondos recibidos, los gobiernos locales destinarán los recursos necesarios para financiar una estructura operativa mínima de funcionarios y profesionales, atendiendo las recomendaciones de la autoridad presupuestaria, que les permita cumplir sus obligaciones y las disposiciones d...