Ley N° 66/2015 - Reforma Ley N° 37/2009 que descentraliza la administración pública - Panamá
( ! ) Este contenido está disponible sólo en su idioma original.
Ley que reforma la ley 37 de 2009, que descentraliza la administración pública, y dicta otras disposiciones.
(reforma del 2015) Art. 112 La recaudación del impuesto de inmuebles corresponderá exclusivamente al ministerio de Economía y finanzas que transferirá el importe recaudado a los municipios. ...
(reforma del 2015) Art. 112 A. Se asignarán a todos los municipios los recursos provenientes de la recaudación del impuesto de inmuebles estimado, correspondiente al año inmediatamente anterior, incluyendo multas y recargos. Esta asignación se transferirá en forma de partidas trimestral...
Se adiciona el artículo 112-B a la Ley 37 de 2009, así: Artículo 112-B. Una vez determinado el monto bruto de asignación por municipio, si hay municipios con una asignación menor de quinientos mil balboas (B/.500 000.00), se aplicará la fórmula de solidaridad intermunicipal. ...
El Programa de Inversión de Obras Públicas y de Servicios Municipales incorporará las partidas presupuestarias del Programa Nacional para el Desarrollo Local a partir del Presupuesto General del Estado 2016, así como las que se le asignen en el futuro. Los recursos que en aten...
Las subvenciones y subsidios correspondientes para sufragar los gastos de administración que destina el Gobierno Central a los municipios serán asignados y transferidos directamente al tesoro municipal ...
El art. 35 de la ley 37 de 2009 queda así: Art. 35. Cuando dos o más municipios tengan que atender temas de ordenamiento en territorios conjuntos podrán constituir asociaciones para la planificación y ejecución de los planes y programas. Ante la ausencia de asociaciones, se aplica...