Planes de Ordenamiento Territorial

Tipo de instrumento
Plan

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El Artículo 22 de la Ley 145 establece como instrumentos de ordenamiento territorial y urbano:

  1. El Plan de Ordenamiento Territorial, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas, las determinaciones y las regulaciones territoriales específicas, según el alcance del instrumento, así como el programa de acciones; se elabora para el ámbito municipal y parcial, con un alcance de corto y mediano plazos.

 

Objetivos del Plan de Ordenamiento Territorial:
  1. Funcionamiento integrado del territorio y los asentamientos humanos;
  2. Preservación de valores naturales, paisajísticos, intereses económicos, entre otros;
  3. Producción: Crear las condiciones físico-espacial para el desarrollo de las actividades productivas, industriales, agrícolas y otras;
  4. Movilidad e Infraestructura: Organizar el sistema de movilidad y su infraestructura;
  5. Conectividad: mejorar los asentamientos humanos y su zona de intercambio;
  6. Mitigación y Adaptación frente a desastres y contaminación;
  7. Hábitat: Garantizar el suelo suficiente para las necesidades de viviendas;
  8. Desarrollo: Integrar los nuevos desarrollos con el asentamiento humano ya consolidado;
  9. Servicios: Consolidar la centralidad es existentes y concebir adecuadamente las nuevas;
  10. Espacios públicos de calidad, especialmente de áreas verdes, los movimientos peatonales y facilitar la interacción social;
  11. Infraestructura técnica: procurar la coherencia funcionalidad accesibilidad de los servicios e infraestructuras técnicas y su equilibrada distribución.
3 Fases:

1) Preparatoria

  • Consejo de Administración Municipal facilita un encuentro con la sociedad civil, academia y otros actores.
  • Se estiman los recursos.

2) Diagnostico

  • La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo presenta al Consejo la Síntesis del Diagnóstico del Ordenamiento Urbano:
    • Restricciones;
    • Potencialidades;
    • Áreas mas/menos favorecidas;
    • Criterios de medidas; y
    • Acciones priorizadas.
  • El Consejo de Administración Municipal emite sus consideraciones mediante acuerdo.

3) Propuesta

  • Se construyen los principales resultados de los planes:
    • Modelo de ordenamiento territorial para el municipio;
    • Modelo de ordenamiento urbanísticos para los asentamientos en el municipio;
    • Políticas Territoriales o Urbanísticas;
    • Determinaciones Territoriales o Urbanísticas;
    • Regulaciones Territoriales o Urbanísticas;
    • Programas de Acciones;
    • Indicadores; y
    • Catálogo de Edificaciones y espacios protegidos.

Aprobados los planes por la Asamblea Municipal del Poder Popular, se inicia su gestión:

  • Implementación
  • Control territorial
  • Evaluación
Art. 22.

Se establecen como instrumentos de ordenamiento territorial y urbano los siguientes: 1. El Esquema de Ordenamiento Territorial, con un carácter estratégico, que formula el modelo de ordenamiento, las políticas y las determinaciones territoriales y urbanísticas; se elabora para el ámbito...

Estado
Vigente
Escala territorial del instrumento
País
Aprobado por
Asamblea Municipal del Poder Popular
Art.14

El Consejo Provincial y la Asamblea Municipal del Poder Popular, en sus respectivas jurisdicciones, definen y emiten las políticas públicas locales en lo relativo al ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, de acuerdo con lo establecido por la presente Ley ...