Programa Nacional de Vivienda 2019-2024
Tipo de instrumento
Programa
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Art. 8.
El Programa Nacional de Vivienda contendrá: I. Un diagnóstico de la situación habitacional de todo el país, así como un señalamiento específico de sus principales problemas y tendencias; II. Los objetivos que regirán el desempeño de las acciones de vivienda de la Administración Públic...
Escala territorial del instrumento
País
Documento relacionado
Temporalidad
Mediano plazo
Aprobado por
Secretaría de de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU)
Art. 9.
El Programa Nacional de Vivienda será formulado por la Secretaría, aprobado por el Presidente de la República mediante decreto y estará sometido a un proceso permanente de control y evaluación, observando lo dispuesto en este ordenamiento y, en lo conducente, en la Ley de Planeación y l...