Sistema de financiamiento municipal urbano de El Salvador
El Salvador es una república unitaria. Su Constitución Política incentivó el proceso de descentralización, denominando a las municipalidades como gobiernos autónomos en lo técnico, económico y administrativo. Las autoridades municipales tienen el poder para regular sus propios impuestos. Los Departamentos solo son divisiones administrativas y desconcentradas que representan al gobierno central.
Los principales ingresos municipales se componen de las transferencias del gobierno central, que representan en promedio el 62% de los ingresos locales (2024), lo que señala una gran dependencia, seguido de las tasas, licencias e impuestos locales. Dentro de los impuestos locales, el más importante es el impuesto de giro, que grava los activos, el capital y la utilidad de las actividades económicas desarrolladas en el municipio. El Salvador no cuenta con un impuesto predial: es el único país centroamericano sin un tributo general y recurrente sobre la propiedad inmobiliaria.
Instituciones nacionales
Instituciones subnacionales y locales
Instituciones internacionales
- Banco de Desarrollo para América Latina (CAF)
- Banco Europeo de Inversiones
- Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
- Banco Mundial (BM)
- Fondo Monetario Internacional (FMI)
- Fondo Verde del Clima
- La Organización Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU)
- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
- Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD)
- Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HÁBITAT)
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Instrumentos de financiamiento
Seleccione el tipo de Instrumentos de financiamiento de la siguiente lista:
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Transferencias intergubernamentales
Base legal
Los Municipios serán autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo, y se regirán por un Código Municipal, que sentará los principios generales para su organización, funcionamiento y ejercicio de sus facultades autónomas. Los Municipios estarán obligados a colaborar con...
La autonomía del Municipio comprende: 1º- Crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que una ley general establezca. ...
Son ingresos del Municipio: 1.- El producto de los impuestos, tasas y contribuciones municipales; 2.- El producto de las penas o sanciones pecuniarias de toda índole impuestas por la autoridad municipal competente, así como el de aquellas penas o sanciones que se liquiden co...
Las municipalidades pueden crear leyes y ordenanzas que establezcan o modifiquen tributos.
Las leyes y ordenanzas que establezcan o modifiquen tributos municipales determinarán en su contenido: el hecho generador del tributo; los sujetos activo y pasivo; la cuantía del tributo o forma de establecerla; las deducciones; las obligaciones de los sujetos activo, pasivo y de los te...
Los Municipios podrán celebrar acuerdos entre sí para la unificación y cobro de las tarifas de determinadas tasas y contribuciones. En estos acuerdos de deberán señalar los derechos y obligaciones recíprocos de los municipios participantes, así como las demás modalidades y cláusulas que...
Compete a la Asamblea Legislativa, crear, modificar o derogar Impuestos Municipales, a propuesta de los Concejos Municipales, mediante la emisión del decreto legislativo correspondiente. Es competencia de los Concejos Municipales crear, modificar o suprimir tasas y contribuciones especi...