Impuesto sobre industrias, comercio, servicios

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Recursos Locales Propios (No uso de suelo)

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Art. 78.

(Según reforma por Decreto 48- 91) Impuesto sobre Industrias, Comercios y Servicios, es el que paga mensualmente, toda persona natural o comerciante individual o social por su actividad mercantil, industrial, minera, agropecuaria, de prestación de servicios públicos y privados, de comun...

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