Impuesto sobre industrias, comercio, servicios
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Art. 78.
(Según reforma por Decreto 48- 91) Impuesto sobre Industrias, Comercios y Servicios, es el que paga mensualmente, toda persona natural o comerciante individual o social por su actividad mercantil, industrial, minera, agropecuaria, de prestación de servicios públicos y privados, de comun...
País
Eje del PAR
Tipos de Instrumentos:
- Recurso propioTributarioIngreso permanente
Acceso/Autorización
Fuente de recursos
Distribución
Límites
Destinación