Sistema de financiamiento urbano de Nicaragua
Nicaragua is a unitary presidential republic, composed of autonomous regions, departments and municipalities. The constitution recognizes municipal political, administrative and financial autonomy. Within municipal revenues, subsidies and transfers have increased in recent years, especially for small municipalities, as opposed to local revenues, which have decreased with respect to the total percentage of municipal revenues. Among the most important tax revenues are the sales tax on goods or services, the registration or license tax and the property tax.
The departments correspond only to an administrative division of the territory; the regions are in charge of providing the main basic services and their autonomous statute empowers them to create regional taxes together with the central government.
National institutions
- Banco Central de Nicaragua
- Comisión Nacional de Catastro - Nicaragua
- Instituto Nacional de Información de Desarrollo - Nicaragua
- Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Bienestar - Nicaragua
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Nicaragua
- Ministerio de la Construcción y Transporte - Nicaragua
- Superintendencia de Bancos - Nicaragua
Subnational and local institutions
International institutions
- Development Bank of Latin America (CAF)
- European Investment Bank (EIB)
- Green Climate Fund
- Inter-American Development Bank (IADB)
- International Monetary Fund (IMF)
- Organization for Economic Co-operation and Development (OCDE)
- United Cities and Local Governments (UCLG)
- United Nations Development Programme (UNDP)
- United Nations Human Settlement Programme (UN-HABITAT)
- World Bank (WB)
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Financing instruments
Legal base
Los Municipios gozan de autonomía política administrativa y financiera. La administración y gobiernos de los mismos corresponden a las autoridades municipales. La autonomía no exime ni inhibe al Poder Ejecutivo ni a los demás poderes del Estado, de sus obligaciones y responsabilidades c...
La Autonomía es el derecho y la capacidad efectiva de las Municipalidades para regular y administrar, bajo su propia responsabilidad y en provecho de sus pobladores, los asuntos públicos que la Constitución y las leyes le señalen. La Autonomía Municipal es un principio consignado en la...
. El Gobierno Municipal garantiza la democracia participativa y goza de plena autonomía, la que consiste en: 1) La existencia de los Concejos Municipales, Alcaldes, Alcaldesas, Vice-alcaldes y Vice-alcaldesas electos mediante el ejercicio del sufragio universal por los habitantes de su...
Los ingresos de los municipios pueden ser tributarios, particulares, financieros, transferidos por el Gobierno Central y cualquiera otros que determinen las leyes, decretos y resoluciones. ...
Los ingresos tributarios se crearán y regularán en la legislación tributaria municipal, la que establecerá para cada uno de ellos su incidencia, los rangos de tipos impositivos máximos y mínimos, así como las garantías a los contribuyentes. ...
Cada Concejo Municipal aprobará su Proyecto de Plan de Arbitrios, con fundamento en la legislación tributaria municipal, y en él determinará los tipos impositivos aplicables a cada uno de los tributos, dentro de los rangos a que se refiere el Artículo precedente. Los Planes de Arbitrio...
Los ingresos tributarios pueden proceder de impuestos municipales, tasas y contribuciones especiales, los que serán regulados por la ley de la materia. ...
El Concejo Municipal no podrá acordar exenciones, exoneraciones o rebajas de impuestos, tasas o contribuciones especiales, salvo en los casos previstos en la legislación tributaria municipal y de acuerdo con las formalidades establecidas en la misma. ...
El proceso de descentralización que empezó el año 2008 determino que las municipalidades asumieran responsabilidades en función de sus ingresos anuales, estableciendo 8 categorías.
Categorías Para efectos de la presente Ley, conforme lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley No. 40, "Ley de Municipios", se establecen las siguientes Categorías de Municipios de acuerdo a sus ingresos corrientes anuales: ...
El Gobierno Municipal tendrá, entre otras, las competencias siguientes: 1) Promover la salud y la higiene comunal. Para tales fines deberá: a) Realizar la limpieza pública por medio de la recolección, tratamiento y disposición de los desechos sólidos; b) Responsabilizarse de la higiene ...