Urban municipal financing system of Paraguay

Paraguay is a unitary republic composed of three levels of government: national, departmental and municipal. Local governments, although subject to the plans of the central government, have administrative autonomy. It was during the 1990s, with the adjustments to the Constitution, that the municipalities began to democratically elect their authorities and move towards a gradual decentralization.  

The participation of local governments in financial management and decisions is limited with a strong presence of the central government, however, the municipalities have a central administrative role. Their main revenues come from real estate taxes and road patents. In recent years, government transfers have become more important in municipal revenues, especially for those with lower incomes.

The departments, like the municipalities, have relative autonomy, concentrated in administrative matters, and do not exercise direct responsibility for the collection of their resources.

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Financing instruments

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Legal base

Territorial entity analyzed
1. Municipal
Recognized local autonomy
Art. 166

De la Autonomía  Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos.    ...

Art. 5

Las municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos, de conformidad al Artículo 166 de la Constitución Naciona...

Own resources
Art. 152

Impuestos Municipales. Son impuestos de fuente municipal, los siguientes:  a impuesto inmobiliario, en los porcentajes establecidos en la Constitución Nacional;  b impuesto a los baldíos y a inmuebles de grandes extensiones;  c patente comercial, industrial y profesional;...

Art. 169

Del Impuesto Inmobiliario Corresponderá a las municipalidades y a los departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa. Su recaudación será competencia de las municipalidades. El setenta por ciento de lo recaudado por cada municipalidad que...

Art. 170

De la Protección de los Recursos Ninguna institución del Estado, ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de las municipalidades.    ...

Special regime
Taxation powers

Las facultades tributarias de los municipios están limitadas al aspecto administrativo y su recaudación como la regulación sigue fuertemente centralizada.

Art. 10

Recaudación de Tributos de Carácter Nacional. Las municipalidades no están obligadas a recaudar tributos de carácter fiscal, sino de conformidad con la Ley. Sin embargo, podrán celebrar acuerdos con el Ministerio de Hacienda para la recaudación de dichos tributos, a cambio de una retrib...

Art. 151

Impuestos Exclusivos y Compartidos. Los impuestos municipales son de exclusiva fuente municipal y de participación con el Estado. Las municipalidades quedan autorizadas a regular por ordenanza un descuento de hasta el 12% (doce por ciento) por el pago puntual de impuestos y tasas, del m...

Competences - Spending responsibilities
Art. 12

Funciones. Las municipalidades no estarán obligadas a la prestación de los servicios que estén a cargo del Gobierno Central, mientras no sean transferidos los recursos de conformidad a los convenios de delegación de competencias, previstos en los Artículos 16, 17 y 18. Sin perjuicio de ...