Asociaciones Público Privadas para realización de obras de infraestructura y servicios conexos

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Recursos Externos

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Art. 2.

(Contratos de Participación Público-Privada). Son Contratos de Participación Público-Privada aquellos en que una Administración Pública encarga a una persona de derecho privado, por un período determinado, el diseño, la construcción y la operación de infraestructura o alguna de dichas p...

Art. 3.

(Ámbito de aplicación). El presente marco normativo será de aplicación preceptiva para todos los Contratos de Participación Público-Privada definidos en la presente ley. Bajo los límites establecidos constitucionalmente, dichos contratos podrán celebrarse para el desarrollo de obras de ...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Recurso externo
    Financiamiento a largo plazo
    Ingreso no permanente
Acceso/Autorización
Art. 1.

(Objeto). La presente ley establece el marco regulatorio aplicable al régimen de Contratos de Participación Público-Privada. El inicio de la actividad de ejecución requerirá la aprobación del instrumento de ordenamiento territorial correspondiente. No obstante, la ejecución de las redes...

Fuente de recursos
Distribución
Límites
Art. 3. Inciso 2

(Ámbito de aplicación). (…) En ningún caso, los Contratos de Participación Público-Privada podrán incluir: I)Servicios educativos cuando se trate de centros educativos. II)Servicios sanitarios cuando se trate de centros de salud. III)Servicios de seguridad, sanitarios y de reeducación d...

Destinación
Destinación especifica
Obras Pública/ Infraestructura