Fondos de Inversión

Categoría general
Transferencias gubernamentales

Este tipo de transferencia se crea con la ley N° 66, los montos se transfieren a los municipios y juntas comunales.

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Art. 43

Fondos de Inversión del Gobierno Central De los fondos de inversión que realice el Gobierno Central a las Alcaldías y Juntas Comunales, se destinará mediante el procedimiento de gestión de pago el 1% a la Asociación de Municipio de Panamá. ...

Art. 135C

El Programa de Inversión de Obras Públicas y de Servicios Municipales incorporará las partidas presupuestarias del Programa Nacional para el Desarrollo Local a partir del Presupuesto General del Estado 2016, así como las que se le asignen en el futuro.  ...

País

Tipos de Instrumentos:

  • Transferencias intergubernamentales
Acceso/Autorización

Las transferencias por Fondos de inversión se encuentran en la ley 66 y especificado en el Decreto Ejecutivo 10.

Fuente de recursos
Gobierno Central - Presupuesto de la Nación
Distribución

El Art. 135 B de la Ley 66 estable que La distribución será impartida por la Secretaría Nacional de Descentralización que distribuyendo 110.000 balboas para cada junta comunal y 110.00 balboas para cada alcaldía, los dos anualmente. Para los proyectos un 70% corresponde a inversión y el resto a funcionamiento de las juntas comunales y alcaldías. 

Límites
Destinación
Obras Pública/ Infraestructura
Servicios Públicos