Sistema de financiamiento municipal urbano de Uruguay
Uruguay es una república unitaria compuesta por dos niveles de gobierno subnacionales: el departamental y el municipal. Tradicionalmente fue un país compuesto por un solo nivel de gobierno, departamental, el cual hacia sus veces de gobierno local; sin embargo, en el proceso de descentralización se dieron importantes avances que permitieron formar en el año 2009 a los municipios como gobiernos locales, encontrándose el país en un proceso de municipalización.
Actualmente, los municipios son órganos sujetos a la jerarquía de los gobiernos departamentales, lo que supone una limitada autonomía financiera y fiscal y de fuentes de recursos. Sus principales ingresos provienen de partidas del gobierno central, asignaciones presupuestales definidas por los Gobiernos Departamentales y donaciones o legados. Por su parte, los departamentos cuentan con alta autonomía para la administración y fijación de valores imponibles de sus tributos, así como para proponer impuestos, tasas y contribuciones.
Impuesto Predial y la Patente de Rodados, así como diversas tasas por servicios. Las transferencias realizadas desde el Gobierno Central también representan una importante fuente de financiamiento departamental.
Instituciones nacionales
- Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional
- Dirección de Descentralización e inversión Pública de la OPP - Uruguay
- Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial - Uruguay
- Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay
- Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay
- Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) - Uruguay
- Observatorio Territorio Uruguay de la OPP
- Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) - Uruguay
Instituciones subnacionales y locales
Instituciones internacionales
- Banco de Desarrollo para América Latina (CAF)
- Banco Europeo de Inversiones
- Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
- Banco Mundial (BM)
- Fondo Monetario Internacional (FMI)
- Fondo Verde del Clima
- La Organización Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU)
- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
- Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD)
- Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HÁBITAT)
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Instrumentos de financiamiento
Seleccione el tipo de Instrumentos de financiamiento de la siguiente lista:
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Transferencias intergubernamentales
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Transferencias intergubernamentales
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Transferencias intergubernamentales
El FDI representa una fuente de financiación alternativa para los Departamentos, y tiene por objeto financiar proyectos de desarrollo presentados por los Gobiernos Departamentales, exceptuando a M
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Transferencias intergubernamentales
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Transferencias intergubernamentales
Son transferencias de recursos destinadas al mejoramiento del área metropolitana de los departamentos de Montevideo y Canelones.
Base legal
Con la Ley Nº 19.272 de 2014 se avanzó en la descentralización local y constituyó a los concejos municipales como órganos plenamente descentralizados; sin embargo, ésta fue modificada por la Ley de Presupuesto N.º 19.355, mediante los arts. 682 y 683, estableciendo a los concejos municipales en órganos sometidos a Jerarquía de las Intendencias departamentales, retornando al sistema original previsto inicialmente en la Ley N.º 18.567 de 2009, y reemplazada por la Ley Nº 19.272 de 2014. En ese sentido, la autonomía fiscal, financiera y administrativa en el nivel municipal se encuentra limitada y sujeta al nivel intermedio de gobierno departamental.
La gestión de los Municipios se financiará: 1) Con las asignaciones presupuestales que los Gobiernos Departamentales establezcan en los programas correspondientes a los Municipios en los presupuestos quinquenales y de las cuales los Municipios son ordenadores de gastos con los l...
Los concejos municipales no podrán crear impuestos y/o tributos dado que carecen de potestad tributaria para ello, en cambio podrán administrar recursos financieros que se establezcan en el programa presupuestal correspondiente.
La materia municipal estará constituida por: 3) La administración de los recursos financieros establecidos en su programa presupuestal, que deberán estar incluidos en el presupuesto departamental. ...
En aquellas zonas del territorio donde no exista Municipio, las competencias municipales serán ejercidas por el Gobierno Departamental. ...
Son cometidos de los Municipios: 1) Dictar las resoluciones que correspondan al cabal cumplimiento de sus cometidos. 2) Elaborar anteproyectos de decretos y resoluciones, los que serán propuestos al Intendente para su consideración a los efectos de que, si correspondiera, ejerza su inic...