Sistema de financiamiento municipal urbano de Bolivia
Bolivia es una república democrática, participativa, representativa y comunitaria unitaria compuesta por nueve departamentos a nivel subnacional, cuya división político-administrativa corresponde a provincias las cuáles a su vez están divididas en municipios.
Desde el año 2009 con la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado se profundiza el proceso de descentralización a nivel local y regional que Bolivia empezó a llevar a cabo desde la década de los 90. La ley 2028 promulgada en 1999 ya determinaba la prioridad de su desarrollo económico y social a través de la transferencia de recursos y autonomía local. Sin embargo, es la Constitución Política del Estado (CPE) la que profundiza su autonomía en cuanto a la capacidad de administrar sus recursos económicos, y ejercer facultades legislativas, reglamentarias, fiscalizadoras y ejecutivas. Sus principales ingresos provienen de las trasferencias del gobierno central a través de los impuestos de coparticipación lo que revela que todavía existe una importante dependencia del gobierno central, seguido del impuesto directo a los hidrocarburos y sus impuestos propios.
Instituciones nacionales
- Contraloría General del Estado - Bolivia
- Fondo Nacional de Desarrollo Forestal - Bolivia
- Ministerio de Economía y Finanzas - Bolivia
- Ministerio de la Presidencia - Bolivia
- Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda - Bolivia
- Ministerio de planificación del Desarrollo - Bolivia
- Ministerio del Medio Ambiente y el Agua - Bolivia
- Registro Único de Administraciones Tributarias (RUAT) - Bolivia
- Senado nacional - Bolivia
- Viceministerio de Autonomías - Bolivia
- Viceministerio de Inversión Publica y Financiamiento Externo - Bolivia
- Viceministerio de Política Tributaria - Bolivia
- Viceministerio de Presupuesto y Contabilidad Fiscal - Bolivia
- Viceministerio de Vivienda y Urbanismo - Bolivia
Instituciones internacionales
- Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID)
- Banco de Desarrollo para América Latina (CAF)
- Banco Europeo de Inversiones
- Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
- Banco Mundial
- Banco Mundial (BM)
- Cooperación Técnica Alemana (GTZ)
- Fondo Monetario Internacional (FMI)
- Fondo Nórdico para el Desarrollo (NDF)
- La Agencia Suiza Para el Desarrollo y Cooperación (COSUDE)
- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
- Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo (PNUD)
- Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HÁBITAT)
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Instrumentos de financiamiento
Seleccione el tipo de Instrumentos de financiamiento de la siguiente lista:
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Recurso externoTransferencias intergubernamentales
El hecho generador de este impuesto surge en el momento de la compra de las rifas, talonarios, boletos, formularios, bingos, fichas o cualquier otro medio que otorgue al jugador el derecho a participar en las distintas modalidades de juego.
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Recurso externoTransferencias intergubernamentales
Son transferencias que el nivel central realiza a los gobiernos departamentales, municipios y universidades a partir de los recursos de hidrocarburos y su nacionalización.
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Recurso externoTransferencias intergubernamentales
Los impuestos de coparticipación corresponden a un sistema de distribución de recursos tributarios nacionales, que establece como prioridad el desarrollo económico y social de los municipios. Los impuestos de coparticipación son los siguientes:
Base legal
La Ley 1551 de participación popular promulgada en 1994 es la primera norma en la que se establece la transferencia de recursos tributarios desde el gobierno central a los municipios y el primer paso importante para la descentralización. Posteriormente la Ley 2028 promulgada en 1999 determinaría la autonomía municipal. Pero no es hasta la nueva Constitución Política del Estado promulgada el 2009 que se profundiza el proceso de descentralización y se crean las autonomías territoriales en los art. 270 y art. 271 la cual otorga los municipios la capacidad de crear normas tributarias como patentes, tasas y contribuciones. El marco legal de autonomía municipal llegaría a ser llegaría a ser regulado por la ley 031, la ley 154 y la ley 428. Las autonomías fiscales, financieras y administrativas se encuentra limitadas a la revisión de la Tesorería general de la nación
Son recursos de las entidades territoriales autónomas municipales: 1. Los impuestos creados conforme a la legislación básica de regulación y de clasificación de impuestos, establecidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional según lo dispuesto el Numeral 7, Parágrafo I del...
Los Gobiernos autónomos Municipales están conformados por un órgano ejecutivo y un consejo municipal y poseen la facultad de crear o eliminar tributos mediante leyes municipales.
La creación, modificación o supresión de tributos por las entidades territoriales autónomas, en el ámbito de sus competencias, se realizará mediante leyes emitidas por su órgano legislativo. Estas leyes aplicarán todas las disposiciones tributarias en vigencia sobre sus respecti...
La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbit...
Art. 302 Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 20. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. ...
Las siguientes competencias se ejercerán de forma compartida entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas: 5. Relaciones internacionales en el marco de la política exterior del Estado. ...
La Ley 031 Desarrolla mucho más en detalle las competencias de los gobiernos municipales relacionado a diversas materias específicamente desde el Art. 81. Hasta el Art. 100.
Art.302. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley. 2. Planificar y promover el desarrollo hu...